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Ecuador · Visa Nómada (Rentista) · Impuestos

Impuestos del Visa Nómada (Rentista) de Ecuador

Datos verificados Última verificación 15 de junio de 2026 Revisado por Henry van de Vorming

Los impuestos son la parte de una mudanza que más se subestima. Aquí tienes cómo trata Ecuador los ingresos de un titular del Visa Nómada (Rentista) — cuándo te conviertes en residente fiscal, qué ocurre con las rentas obtenidas en el extranjero y la base oficial de cada caso. Es información, no asesoramiento fiscal.

La situación fiscal

Tratamiento
Régimen fiscal especial
Régimen específico
Residencia fiscal temporal (temporary tax-residency regime for new residents)
Detonante de la residencia fiscal
183 días
Umbral de ingresos
€1,245/mes

Cómo funciona

Hay que mantener bien diferenciados dos planos. (1) Norma migratoria: la Visa Nomada solo autoriza ingresos de origen extranjero; los titulares de la visa no pueden trabajar para personas o empresas ecuatorianas ni percibir ingresos de ellas, y la visa en sí no genera un impuesto sobre esos ingresos extranjeros. Por eso muchas guías afirman que 'los ingresos obtenidos en el exterior no tributan'. (2) Legislación tributaria general: Ecuador grava a sus residentes fiscales sobre la renta mundial con tasas progresivas (0-37%); una persona pasa a ser residente fiscal tras una permanencia superior a 183 days en un periodo de 12 meses (incluidas las ausencias esporádicas). Para proteger los ingresos extranjeros, un recién llegado sin residencia fiscal ecuatoriana previa puede acogerse a un régimen temporal de residencia fiscal (vigente desde enero de 2024) y tributar únicamente por los ingresos de fuente ecuatoriana durante un plazo de 5 años (confirmado por PwC Worldwide Tax Summaries). En resumen: los ingresos extranjeros pueden quedar efectivamente exentos, pero normalmente a través de este régimen especial y no de forma automática una vez que se superan los 183 days. Se recomienda asesoramiento fiscal individual.

Cuándo te conviertes en residente fiscal

El detonante habitual es el tiempo: si pasas más de 183 días en Ecuador durante el periodo relevante, por lo general se te considera residente fiscal. Pero un recuento de días rara vez es toda la historia — disponer de una vivienda permanente, o tener a tu familia y tu centro de vida en Ecuador, puede hacerte residente antes. Una vez que eres residente, se aplica a tus ingresos el tratamiento descrito arriba.

Si sigues siendo residente fiscal también en otro lugar, un convenio para evitar la doble imposición entre Ecuador y ese país suele decidir cuál de los dos grava una determinada parte de los ingresos — otra razón para obtener asesoramiento personalizado antes de mover dinero o cambiar de residencia.

Impuestos en Ecuador y el Visa Nómada (Rentista): preguntas frecuentes

Impuestos en Ecuador y el Visa Nómada (Rentista): preguntas frecuentes

¿Cuándo me convierto en residente fiscal en Ecuador?

Como regla general, pasar más de 183 días en Ecuador durante el periodo relevante te convierte en residente fiscal — aunque la residencia también puede activarse antes si dispones de una vivienda permanente o tienes allí tu centro de vida. La prueba exacta figura en las notas de arriba.

¿Se gravan en Ecuador mis rentas del extranjero?

Ecuador ofrece un régimen fiscal especial (Residencia fiscal temporal (temporary tax-residency regime for new residents)) — consulta las condiciones y el tipo de arriba para comprobar si cumples los requisitos.

¿El Visa Nómada (Rentista) incluye una ventaja fiscal?

En la práctica sí — ecuador ofrece un régimen fiscal especial (Residencia fiscal temporal (temporary tax-residency regime for new residents)) — consulta las condiciones y el tipo de arriba para comprobar si cumples los requisitos. Un convenio para evitar la doble imposición entre Ecuador y tu país de origen puede afectar además al resultado.

Fuentes